Archivo de 26 Octubre 2009

La semana pasada, el Congreso aprobó una ley para normar una modalidad de jubilación anticipada en el sistema privado de pensiones. La norma está destinada para que las mujeres de 50 años y hombres de 55 años que estén desempleados y estén afiliados a una AFP puedan tener dos caminos:

1. Quienes tengan una pensión mínima de 550 nuevos soles o más - calculados sobre la base del fondo -, podrán jubilarse, sin necesidad de esperar más.

2. Quienes no lleguen a ese mínimo, se les dará el 50% del fondo acumulado si lo solicitan. El 50% les será entregado a los 65 años, edad regular para la jubilación.

La norma ha despertado sentimientos encontrados. Desde instituciones especializadas como el Instituto Peruano de Economía se ha dicho que la solución desvirtúa la razón de ser de un fondo de pensiones, incurripéndose en la misma cuestión que se hace con la CTS. Éste, sin duda, es el cuestionamiento técnico mayor a la norma, aunque inicialmente se pretendía que se sacara todo el fondo de pensiones, lo que el Ministerio de Economía y Finanzas detuvo. Desde otros sectores, como el diario El Comercio, se ha apoyado la norma, bajo un hecho de la realidad: luego de los 45 años es bastante difícil conseguir un puesto de trabajo fijo en cualquier entidad pública o privada, por lo que era necesario dar una solución a un problema social que, ojo, no viene solo desde la crisis económica actual, sino desde los despidos masivos de los años 90’s, que no fueron acompañados por una política de reubicación de personas en el mercado laboral.

Dado que la norma no será observada por el MEF, el siguiente paso debería ser, además de la expedición del reglamento correspondiente, la reforma del sistema privado de pensiones. Nuestro modelo se basa en la regulación chilena por lo que sería útil ver la reforma hecha en el vecino del sur. Vía la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile:

La Ley Nº 20.255, publicada el 17 de marzo de 2008 en el Diario Oficial, reforma el sistema previsional chileno, estableciendo un sistema solidario que incluye pensiones de vejez e invalidez para los adultos mayores de los estratos más pobres de la población.

La ley establece una Pensión Básica Solidaria (PBS) que beneficiará a quienes no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional (…)

Para aumentar la cobertura del sistema previsional, se contempla la afiliación obligatoria al sistema de pensiones de los trabajadores independientes (eliminando las actuales distinciones entre trabajadores dependientes e independientes). Esto se implementará gradualmente en 10 años. Sin perjuicio de ello, esta obligación no es para aquellos trabajadores que tengan 55 años o más, en el caso de los hombres, o 50 años o más, en el caso de las mujeres, a la fecha en que comience la obligación de cotizar.

Los trabajadores independientes accederán a los beneficios del sistema previsional como son el sistema de pensiones solidarias, la cobertura del seguro de invalidez y sobrevivencia, el derecho a asignación familiar, a afiliarse a las Cajas de Compensación y a las prestaciones de la ley contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Los chilenos entendieron que su sistema era eficiente para administrar y aumentar los fondos individuales de cada persona, pero tenía dos serios defectos: 1. No contemplaba una pensión mínima, lo que hacía perder un poco el sentido de lo que, en el fondo, es una política social y 2. no se contemplaba el caso de los trabajadores independientes. Ambos temas, sobre todo el segundo en un país como el Perú, deben contemplarse en una reforma pensionaria futura.

Otros temas a reformar son más técnicos y tienen que ver con las comisiones que cobran las AFPs por administrar el fondo de cada trabajador. Allí hay materia para que desde la Economía de los Mil Demonios nos puedan explicar esto en lenguaje que cualquiera de nosotros podamos entender.

Finalmente, luego del cierre del Régimen del Decreto Ley 20530, debería emprenderse la reforma del sistema público de pensiones. Ojo que es una tarea pendiente desde el gobierno pasado y se nos dijo que, luego de cerrar la “cédula viva” ello se ejecutaría. Sin embargo, ordenar este tema, así como el de los sueldos en el Estado sigue siendo una tarea pendiente, en el que no se sabe aún si seguir privilegiando la austeridad o la revaloración del empleo público.

Como decían en Enfoque de los Sábados, la jubilación anticipada destapó la necesidad de reformar los sistemas de pensiones en el Perú. ¿Habrá tomado nota el ministro Luis Carranza?

Comments 5 Comentarios »

Creative Commons License
Desde el Tercer Piso by José Alejandro Godoy is licensed under a Creative Commons Reconocimiento-Sin obras derivadas 2.5 Perú License.