ANTAURO HUMALA Y UNA SENTENCIA PARA LA DEMOCRACIA
Escrito por: Jose Alejandro Godoy en UncategorizedAyer Antauro Humala fue sentenciado a 25 años de prisión por los sucesos de Andahuaylas en el 2005. Un intento de rebelión en contra de un gobierno constitucional y que le costó la vida a 6 personas.
Humala ha sido sentenciado por los delitos de rebelión, secuestro, contra la seguridad pública, contra el patrimonio, tenencia ilegal de armas y homicidio calificado. Y el fallo resulta siendo importante por dos razones, una jurídica y otra política.
1. Reafirmar la autoría mediata como criterio de responsabilidad penal. El Comercio resume la autoría por dominio de la organización por la que el líder etnocacerista ha sido condenado:
Para condenar a Antauro Humala por homicidio, la sala le atribuyó la autoría mediata porque él tuvo el control de las acciones de los etnocaceristas y había una estructura de dominio sobre sus seguidores. Además, según había confesado el coprocesado Ludeña, Humala le había ordenado disparar si eran atacados.
La sala también precisó que desde un inicio, el objetivo de Humala al dirigirse a Andahuaylas era alzarse en armas para deponer al entonces presidente Alejandro Toledo, lo cual constituye un claro delito de rebelión. Indicó que la comisaría fue asaltada por cuatro columnas de reservistas armados y que eso fue un hecho preconcebido y no espontáneo como ha querido sostener Humala.
Como lo hemos mencionado en alguna oportunidad en este blog, la aplicación de la autoría mediata por dominio de la organización no es automática. Para ello, se tiene que comprobar la existencia del aparato de poder y, además, la concurrencia de 4 requisitos: a) poder de mando, b) desvinculación de la organización del ordenamiento jurídico, c) fungibilidad del ejecutor inmediato y d) predisposición a la realización del hecho ilícito. Una lectura de la sentencia - ojo, chicos del Poder Judicial, el link puesto no lleva a ningun lado - nos debe permitir confirmar si es que estos criterios han sido tomados en cuenta para determinar la responsabilidad penal de Humala.
La autoría mediata es un instrumento de identificación de responsabilidad que debe usarse con buen criterio, dado que es importante para la determinación de culpabilidad en casos complejos como estos.
2. La sentencia confirma que un intento de rebelión contra la democracia es un delito: Luego del fiasco que supuso la actuación del Poder Judicial en el caso del 5 de abril de 1992 - los ex ministros fueron absueltos y el proceso contra Montesinos y Hermoza por este tema avanza a paso de tortuga -, el hecho que la Sala haya sentenciado a Humala y sus seguidores por el delito de rebelión constituye un importante hito para la consolidación de la democracia en el Perú.
Recordemos el contexto. Año 2005, un presidente impopular y con pedidos de vacancia y suspensión del cargo por parte de algunos de los personajes que forman parte de este gobierno. En ese contexto, un grupo de personas con ideas totalitarias intentó hacer de la toma de una comisaría un intento de sublevación contra un gobierno que, nos gustara o no, era constitucional y legalmente constituido.
De allí la importancia de una sentencia como esta, complemento de la justicia para los familiares de las víctimas de esta acción armada. Que el Poder Judicial reconozca que el golpismo y la asonada es un acto delictivo es un importante hito para el país. Los que intenten aventuras de este tipo en el futuro, deberán estar conscientes que, tarde o temprano, serán sancionados por este tipo de casos.
Finalmente, una reflexión. Antauro Humala pudo captar entre sus seguidores, principalmente, a licenciados y ex reclutas del Ejército Peruano que no habían podido conseguir trabajo o perspectivas de futuro. ¿Podrá el Estado reformar su servicio militar para que sea un instrumento para que, quienes opten por él, no vean truncado su proyecto de vida si es que deciden no seguir la carrera militar? He aquí una tarea pendiente para prevenir intentos como estos en el futuro.



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