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No ha sido suficientemente resaltado en los medios lo que constituye la noticia más importante del año: la ratificación de la sentencia contra la cúpula de Sendero Luminoso, por parte de la Corte Suprema de Justicia, lo que implica que Abimael Guzmán pasará el resto de sus días en una prisión y que los demás miembros del nivel más alto de lo que fue la organización más peligrosa y letal que padeció el Perú en toda su historia republicana pasarán largos años en la cárcel, por los crímenes que cometieron.

La trascendencia de esta sentencia es mayúscula, por varios motivos.

En primer lugar, se desbarata el argumento común en la década de los noventa, que afirmaba que solo con mano dura y jueces sin rostro podía condenarse a quienes convirtieron al país en un río de sangre. Por el contrario, el proceso ha tenido todas las garantías para los acusados, quienes no tendrán argumentos para acudir al sistema interamericano de derechos humanos, dado que su derecho al debido proceso fue respetado. La Sala Penal Nacional y la Segunda Sala Provisional de la Corte Suprema han conducido el juicio con pulcritud. Esto demuestra que no son necesarias medidas como las tomadas en los años noventa y que hicieron que se tuvieran que realizar nuevos juicios a la cùpula de Sendero Luminoso.

También se descarta el argumento de la defensa de Sendero Luminoso, que señalaba la inexistencia de pruebas contra Guzmán y sus secuaces. La Fiscalía, con acierto, asumió las tesis más modernas en derecho penal - recomendadas por la Comisión de la Verdad y Reconciliación - y acusó a los miembros de la cúpula senderista de autores mediatos de la matanza de Lucanamarca, uno de los peores crímenes cometidos durante el conflicto interno.

¿Cómo pudo demostrarse esta responsabilidad? La autoría mediata, en términos jurídicos, implica la culpabilidad de quienes ordenaron cometer los crímenes, quienes cuentan con el dominio de los hechos. ¿Qué significa esto? Que ellos pueden determinar si se comete o no la acción delictiva, a tal punto que no importa quien sea el ejecutor. Ello, como sabemos, fue la tónica de las acciones de Sendero Luminoso: no importaba quien ponía la bomba o cometía el asesinato, sino la orden del Comité Central.

Dado que Sendero Luminoso acumuló tanto poder en Guzmán y Elena Iparraguirre, ello hace que tengan la mayor responsabilidad en estos hechos. De hecho, la Comisión de la Verdad señala en sus conclusiones:

29/30. La CVR encuentra la más grave responsabilidad en los miembros del sistema de dirección del PCP-SL por el conflicto que desangró a la sociedad peruana, por los siguientes elementos:
• Por haber dado inicio a la violencia en contra del sentimiento abrumadoramente mayoritario de la población;
• por haber planteado su lucha contra la democracia peruana con una estrategia sanguinaria;
• por las prácticas violentas de ocupación y control de territorios rurales y poblaciones campesinas con un alto costo en vidas y en sufrimiento humano;
• por su política de genocidio mediante actos de provocación al Estado;
• por su decisión de proclamar el llamado equilibrio estratégico que acentuó el carácter terrorista de sus acciones

La democracia peruana acaba de dar una muestra importante de que puede hacerse bajo el respeto de la ley y la Constitución. Así como en varios momentos merece críticas, el Poder Judicial merece una felicitación importante por llevar, con pulcritud y severidad, un caso complejo, tanto por las implicancias jurídicas que tiene, como por el daño causado por Sendero Luminoso a la sociedad peruana.

Esperemos que, en otros casos, el Poder Judicial se siga portando a la altura de las circunstancias.

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