ANTAURO NO SALE (EXPLICACION EN SENCILLO)
Escrito por: Jose Alejandro Godoy en Uncategorized, tags: andahuaylazo, Antauro Humala, asesinato, Corte Suprema de Justicia, derecho penal, derechos humanos, indulto, Poder Judicial, secuestro
Como muchos saben, Antauro Humala estaba esperando la resolución de su caso judicial. Hoy ello ha ocurrido. El siguiente post explicará todo el rollo legal en sencillo.
1. En el 2009, el hermano del hoy presidente fue condenado a 25 años de prisión, como autor directo de rebelión y asociación ilícita para delinquir, entre otros delitos, y como autor mediato de asesinato y secuestro. Humala apeló la sentencia y seguía cumpliendo su pena en Piedras Gordas.La audiencia de apelación se realizó hace algunos meses.
2. El caso llegó a la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, presidida por Javier Villa Stein. Allí ocurrió lo siguiente:
a) Los 5 vocales concluyeron que Antauro debía ser condenado por homicidio simple y no por asesinato. A varios que hemos seguido el caso como Carlos Rivera, Ronald Gamarra y quien escribe, esta votación era controvertida, debido a que el asesinato se cometió para facilitar otros delitos.
La clave para esta controvertida rebaja se encuentra en la acusación fiscal. Así lo explicó, hace algunas semanas, César Azabache:
La teoría sobre el asesinato ha fallado en esta parte del debate por un error que, debemos decirlo, se originó en la acusación. La ley permite considerar asesinato cualquier homicidio cometido para facilitar otro delito. Las muertes producidas en el enfrentamiento del Puente Colonial podían sin duda ser consideradas como asesinato bajo esta regla, como lo puede ser cualquier muerte provocada por una banda de delincuentes sorprendida mientras comete otro delito. La acusación, sin embargo, no propuso la condena sobre esta base. La Fiscalía pidió que el Tribunal declare que la forma en que los homicidios fueron cometidos expresó la ferocidad de los autores y una especial crueldad sobre las víctimas. El Tribunal lo aceptó, pero la Suprema ha declarado que el juicio no produjo evidencia que pruebe ninguno de estos dos aspectos. Al hacerlo, la teoría sobre el asesinato ha quedado descartada. Con ello se vuelve casi imposible mantener la condena en los 25 años que impuso el Tribunal.
Ello, per se, suponía una rebaja de la condena. Bastante controvertido el asunto, pero, lamentablemente, esta salida podía ser fundamentada en términos jurídicos.
b) Los vocales de la Corte Suprema discrepaban en dos puntos, en una votación que se encontraba 3 a 2: la pena a aplicar (19 o 17 años) y si Antauro Humala debía ser condenado o no por el delito de secuestro. Dado que las reglas te exigen que una sentencia de la Suprema deba tener 4 votos favorables en un sentido, se llamó a un vocal dirimente para resolver el caso.
3. Hoy el vocal Jorge Santa María ha emitido su voto y ha señalado que Antauro debe ser condenado a 19 años y que dentro de los delitos aplicables se encuentra el de secuestro.
El tema del secuestro es clave para que Antauro Humala permanezca en prisión. La Ley N° 28760 establece que los condenados por secuestro no podrán ser beneficiarios del indulto, ni de la conmutación de pena. Asimismo, esta misma norma también tiene consecuencias para el tema de los beneficios penitenciarios, que explicó en su momento Carlos Rivera.
Este debate sobre el delito de secuestro no solo es relevante en términos de la responsabilidad penal, sino también para efectos de considerar la aplicación de los beneficios penitenciarios. Los condenados como autores del delito de secuestro tienen beneficios penitenciarios en un rango de 7 x 1. Esto, consecuentemente, establece que la excarcelación del condenado será luego de haber cumplido de manera efectiva casi toda la condena.
Por ello es que las bravatas de Antauro Humala que decían que saldría de prisión en el verano próximo, con esta sentencia, quedan en ello, en gritería.
La verdad es que me queda un sabor algo agridulce de esta sentencia. Yo pienso que a Antauro Humala debieron condenarlo por asesinato y confirmarle la pena de 25 años de prisión. Pero, dentro del escenario legal en el que se inscribió la sentencia, la resolución era lo menos malo que podía ocurrir.
Y esperemos que los jueces no sean blandos cuando este señor pretenda pedir, casi al final de su condena, los beneficios penitenciarios. El hermano del Presidente de la República no ha mostrado arrepentimiento alguno ante hechos que suponen un atentado contra la democracia y acontecimientos atroces que 4 familias de valerosos policías han llorado por largo tiempo.





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