Archivo de 22 Junio 2010

En los últimos tiempos, la palabra amnistía se ha mencionado mucho. La pronuncian los senderistas como parte de su movimiento de fachada y pretenden ampliarla hasta Fujimori. La dicen Correo, Expreso y La Razón para favorecer a militares procesados por violaciones de derechos humanos. Y la han señalado Armando Villanueva y Javier Valle Riestra a favor de los miembros del MRTA.

Creo que en estos tiempos hay que ser claros y directos: las amnistías para violadores de derechos humanos, sean miembros de organizaciones subversivas o agentes del Estado, son inaceptables. Y quienes las propician, no buscan la reconciliación, sino que tienen como objetivo central la impunidad. Con el pretexto del perdón, o sacando alguna justificación de la manga del estilo “presos políticos” o “la pacíficación”, se pretende que gente que ha delinquido y cometido crímenes abominables quede libre o ya no sea juzgada.

En el contexto peruano, la Comisión de la Verdad y Reconciliación ha sido clara y tajante en negar esta posibilidad. De un lado, se ha señalado su inviabilidad ética y jurídica para los miembros de Sendero Luminoso (cuestión que se extiende al MRTA, por cierto):

Respecto de la amnistía, sólo cabe señalar que los miembros del PCP-SL han sido condenados por la justicia por sus crímenes. Cualquier pretensión de aplicar una política de amnesia, olvido o amnistía por parte del Estado en su beneficio vulnera el principio de la justicia. El planteamiento del “borrón y cuenta nueva” respecto de los crímenes cometidos no es posible para nadie. El principio de la reconciliación se funda en la justicia y no en la impunidad. De ese modo, no sólo los militantes del PCP-SL deben pagar por sus crímenes, sino todo aquel que los ha cometido. Nadie está por encima de la justicia y nadie tiene licencia para torturar o asesinar a aquél que está en situación de indefensión. La reconciliación exige, en este caso concreto, que el senderismo pague por sus crímenes.

En el caso de miembros de las Fuerzas Armadas y agentes del Estado en general, se indicó lo siguiente:

En el Perú no todos están de acuerdo con el esclarecimiento de la verdad y la reconciliación porque se piensa que ambas pueden desestabilizar el régimen político abriendo conflictos irresolubles entre la sociedad civil y el Estado –y entre sus autoridades políticas y las Fuerzas Armadas y Policiales. Algunos desconfían, asimismo, de la “verdad” que se pretende haber esclarecido y la suerte de “reconciliación” que se propone. Por ello es necesario definir el sentido que tiene el concepto de “reconciliación” en el marco del mandato de la CVR. Para ella, en efecto, ni la amnistía, el canje o la impunidad son mecanismos o instrumentos válidos para estabilizar y fortalecer la institucionalidad democrática y el Estado de Derecho. Por el contrario, la CVR considera que dichos mecanismos los debilitan, empobrecen y profundizan la desconfianza ya existente en amplios sectores del país respecto del ejercicio de la justicia por parte del Estado.

Pero no solamente hay fundamentos éticos o de justicia elemental en el fondo de este razonamiento. Hay también importantes precedentes jurídicos que sustentan esta posición.

En el 2001, a partir del caso Barrios Altos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos señaló que es improcedente la amnistía para graves violaciones de los derechos humanos. Esta sentencia tiene carácter general y ha sido citada posteriormente por la propia Corte como por tribunales nacionales para poder dejar sin efecto las amnistías de sus respectivos países. Por tanto, en el Perú y América Latina hay toda una línea jurisprudencial, nacional e internacional, que señala la improcedencia de las amnistías para estos casos.

Pero en ámbitos más amplios, también se han dictado sentencias internacionales en contra de amnistías contra crímenes que implican graves violaciones de derechos humanos. El caso más célebre es el del Tribunal Especial para Sierra Leona, que anuló la amnistía otorgada dentro del Acuerdo de Paz de Lomé para crímenes de guerra y de lesa humanidad. Esto ha permitido que se condene a agentes no estatales por este tipo de crímenes, a pesar de las limitaciones del contexto judicial de dicho país africano.

Por tanto, senderistas, diarios pro “mano dura”  (o abiertamente fujimoristas) y apristas desatinados yerran cuando propugnan que una ley ponga “borrón y cuenta nueva” a los crímenes cometidos. Los mismos deben ser sancionados. El país no se reconcilia sobre la base de la impunidad. Que quede claro.

(Caricatura de Carlín para La República)

Comments 52 Comentarios »

Creative Commons License
Desde el Tercer Piso by José Alejandro Godoy is licensed under a Creative Commons Reconocimiento-Sin obras derivadas 2.5 Perú License.