La semana pasada, el Congreso aprobó una ley para normar una modalidad de jubilación anticipada en el sistema privado de pensiones.  La norma está destinada para que las mujeres de 50 años y hombres de 55 años que estén desempleados y estén afiliados a una AFP puedan tener dos caminos:

1. Quienes tengan una pensión mínima de 550 nuevos soles o más - calculados sobre la base del fondo -, podrán jubilarse, sin necesidad de esperar más.

2. Quienes no lleguen a ese mínimo, se les dará el 50% del fondo acumulado si lo solicitan. El 50% les será entregado a los 65 años, edad regular para la jubilación.

La norma ha despertado sentimientos encontrados. Desde instituciones especializadas como el Instituto  Peruano de Economía se ha dicho que la solución desvirtúa la razón de ser de un fondo de pensiones, incurripéndose en la misma cuestión que se hace con la CTS. Éste, sin duda, es el cuestionamiento técnico mayor a la norma, aunque inicialmente se pretendía que se sacara todo el fondo de pensiones, lo que el Ministerio de Economía y Finanzas detuvo. Desde otros sectores, como el diario El Comercio, se ha apoyado la norma, bajo un hecho de la realidad: luego de los 45 años es bastante difícil conseguir un puesto de trabajo fijo en cualquier entidad pública o privada, por lo que era necesario dar una solución a un problema social que, ojo, no viene solo desde la crisis económica actual, sino desde los despidos masivos de los años 90’s, que no fueron acompañados por una política de reubicación de personas en el mercado laboral.

Dado que la norma no será observada por el MEF, el siguiente paso debería  ser, además de la expedición del reglamento correspondiente, la reforma del sistema privado de pensiones. Nuestro modelo se basa en la regulación chilena por lo que sería útil ver la reforma hecha en el vecino del sur. Vía la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile:

La Ley Nº 20.255, publicada el 17 de marzo de 2008 en el Diario Oficial, reforma el sistema previsional chileno, estableciendo un sistema solidario que incluye pensiones de vejez e invalidez para los adultos mayores de los estratos más pobres de la población.

La ley establece una Pensión Básica Solidaria (PBS) que beneficiará a quienes no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional (…)

Para aumentar la cobertura del sistema previsional, se contempla la afiliación obligatoria al sistema de pensiones de los trabajadores independientes (eliminando las actuales distinciones entre trabajadores dependientes e independientes). Esto se implementará gradualmente en 10 años. Sin perjuicio de ello, esta obligación no es para aquellos trabajadores que tengan 55 años o más, en el caso de los hombres, o 50 años o más, en el caso de las mujeres, a la fecha en que comience la obligación de cotizar.

Los trabajadores independientes accederán a los beneficios del sistema previsional como son el sistema de pensiones solidarias, la cobertura del seguro de invalidez y sobrevivencia, el derecho a asignación familiar, a afiliarse a las Cajas de Compensación y a las prestaciones de la ley contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Los chilenos entendieron que su sistema era eficiente para administrar y aumentar los fondos individuales de cada persona, pero tenía dos serios defectos: 1. No contemplaba una pensión mínima, lo que hacía perder un poco el sentido de lo que, en el fondo, es una política social y 2. no se contemplaba el caso de los trabajadores independientes. Ambos temas, sobre todo el segundo en un país como el Perú, deben contemplarse en una reforma pensionaria futura.

Otros temas a reformar son más técnicos y tienen que ver con las comisiones que cobran las AFPs por administrar el fondo de cada trabajador. Allí hay materia para que desde la Economía de los Mil Demonios nos puedan explicar esto en lenguaje que cualquiera de nosotros podamos entender.

Finalmente, luego del cierre del Régimen del Decreto Ley 20530, debería emprenderse la reforma del sistema público de pensiones. Ojo que es una tarea pendiente desde el gobierno pasado y se nos dijo que, luego de cerrar la “cédula viva” ello se ejecutaría. Sin embargo, ordenar este tema, así como el de los sueldos en el Estado sigue siendo una tarea pendiente, en el que no se sabe aún si seguir privilegiando la austeridad o la revaloración del empleo público.

Como decían en Enfoque de los Sábados, la jubilación anticipada destapó la necesidad de reformar los sistemas de pensiones en el Perú. ¿Habrá tomado nota el ministro Luis Carranza?

5 Respuestas a “REFORMANDO EL SISTEMA DE PENSIONES”
  1. Angel dice:

    Si bien es verdad que no se trata de llorar sobre la leche derramada conviene recordar algunas cosas: (1) El año 1974 pretende marcar un antes y un después en el, abusando del término, “Sistema Nacional de Pensiones” (Regímenes público y privado). (2) Antes del referido año se legisló en razón de intereses de grupos específicos y no en función de, tomando prestado un termino del ámbito del derecho, “la naturaleza de las cosas”, vale decir, de la necesidad de, sobre la base de un esquema solidario, con el necesario soporte técnico sin duda, garantizar una pensión mínima a los excluidos del sistema. (3) Hasta el año 1974 un empleado público pertenecía al régimen de pensiones regulado por la ley 20530 (simplificando: cédula viva y jubilación a los 30 años). Los empleados públicos (y privados) que comenzaron a trabajar a partir del indicado año pasaron a pertenecer al régimen de pensiones regulado por la Ley 19990 (simplificando: pensión reajustable periódicamente y jubilación a partir de los 55, 60 años según se trate de hombres o mujeres) (4) De entrada había allí una discriminación odiosa, por decir lo menos. Nunca se sabrá cuanto afectó este hecho el rendimiento de los empleados públicos sujetos al régimen de pensiones de la 19990. (5) ¿Qué pasó luego? Sucedieron tantas y tantas cosas que de seguro Cesar Vallejo habría escrito un desgarrador poema sobre el particular; Jorge Luis Borges habría tenido a su disposición un cuento más para su libro “Historia Universal de la Infamia”: Robo descarado en el IPSS o como se llamara en cada momento, Estado y empresas “cabeceadoras” con sus trabajadores, trafas en los cálculos de las pensiones, etc., etc. (6) Los abusos cometidos con el régimen de pensiones de la 20530 es, como decirlo, disculpe jóven Godoy, “de la puta madre”. Ejemplo: un servidor público sujeto a la 20530 ganaba, digamos que S/.1,000.00 mensuales, a poco de su jubilación, por lo general por favores políticos, es “promovido” a un cargo más remunerado, digamos que S/. 10,000 ¿A cuánto ascendía su jubilación? ¿Respondía acaso a un cálculo técnico sobre la necesaria correspondencia entre aportes y beneficios? naca la pirinaca, los cálculos respectivos se efectuaban en función a su último sueldo ¿qué rico no? De esa manera un grupúsculo de privilegiados, provenientes los más de las empresas públicas, del congreso de la república, el poder ejecutivo, entre otras entidades públicas, comenzaron a percibir pensiones iguales o superiores a las recibidas en los países más desarrollados del mundo ¡un Gerente de Petro Perú llegó a recibir una pensión de S/.48,000 mensuales! ¡15 o 16 percibos al año! Al final, en este régimen, justos pagaron por pecadores (la historia es larga, larguísima, la dejo ahí). (7) Luego vinieron las AFP. Tampoco se ha escrito lo necesario sobre este tema. Se eliminó el principio de solidaridad acorde con el modelo en curso. Se diseñó un esquema legal orientado principalmente a favorecer a las Administradoras Privadas de los Fondos de Pensiones. Se fijó en favor de éstas comisiones excesivas. Muchos de los parámetros que regulan las inversiones de los ahorristas fueron dictados desde los lobbys o grupos de presión de las AFP. Hoy se pugna por aspectos que, si bien importantes, debieron formar parte de la regulación inicial. Producto de la crisis, los futuros pensionistas han perdido parte importante de sus ahorros, no así las AFP’s. (8) En resumen: un descomunal desorden respecto del cual son corresponsables los gobiernos de Velazco, Belaunde, García, Toledo, otra vez García…y la población continúa envejeciendo. Por eso, entre otras razones, analistas objetivos afirman que la economía y el estado están organizados para servir a solo un tercio de la población peruana.

  2. Saúl Alva Pantaleón dice:

    Hola, además la debacle de la economía nacional en el primer quinquenio alanista hizo que todas las aportaciones existentes hasta ese período desaparezcan en el plano real y contable. Además el mayor abuso de la contratación de personal del empleado se dio en esa infausta época, así que hay que recordarles siempre que si el Perú actualmente no cuenta con fondos fue porque fueron destruidos en ese gobierno (y un poco más durante Fujimori y Toledo). Hagamos memoria.

  3. Angel dice:

    Eso de escribir demasiado rápido conlleva algunas omisiones; el orden de los presidentes responsables del caos existente en los regímenes de pensiones es el siguiente: Velazco, Morales Bermudez, Belaunde Terry, Alan García I, Fujimori I, Fujimori II, Fujimori III, Paniagua, Toledo, Alan Garcia II…¿Se añadirán nombres o, por fin, se pondrá “orden en la casa”?

  4. joe dice:

    lo mas interesante, dicen que los profesores ya tuvieron aumentos en la epoca de Toledo, ahora estan ganando casi 1200 soles, sin descuentos, con eso cotizan a la afp 100 soles para su jubilacion, pero eso es muy poco para que alcancen una pension de jubilacion de por los menos 500 soles. Ganan o no ganan mucho entonces, o deberia aumentarseles para que vivan dignamente y luego al llegar a la vejez, no esten de mendigos.
    ahora resulta que modifican la ley del profesorado, deben ser magisters (ya no es suficiente ser licenciado), y para eso deben estudiar y pagarse dos años de estudios mas (total 7 años como minimo).
    lo curioso que esos profesores tan brillantes que el ministro dijo que habian alcanzado notas de 18, en razonaniento matematico y verbal, no son nada del otro mundo a la hora de enseñar en sus salones, no consiguen que sus alumnos por lo menos saquen todos siquiera 12, con un profesor que saco 16 en su evaluacion.
    que hacemos, donde esta la solucion, a ver ponerse a pensar.

  5. Julio dice:

    aqui les dejo una buena pagina sobre finanzas, espero les sirva! saludos!

    http://finance.aol.com/quotes/newmont-mining-corp-holding-co/nem/nys

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