Esta tarde el Tribunal Constitucional dio a conocer su fallo en el caso El Frontón, uno de los procesos cuya resolución era de las más esperadas, pero que ha terminado siendo una de las más grandes lavadas de manos dadas por una instancia judicial en el Perú.

La sentencia no se pronuncia sobre el tema de fondo, que se refiere a la prescripción del caso en relación con Teodorico Bernabé Montoya, uno de los marinos inculpados, sino que se refiere a un defecto formal, referido al recurso de agravio constitucional, una fórmula jurídica excepcional que el TC contempla para que procesos de defensa de derechos constitucionales que hayan culminado en segunda instancia por una sentencia confirmatoria.

El TC estima que este recurso no constituye un precedente vinculante, por lo que tiene la potestad de decidir cuando se puede admitir o no. Y luego se va a un tema formal, que es la posibilidad de que el Instituto de Defensa Legal, que patrocina a algunas de las víctimas, pueda interponer este recurso. La mayor parte de magistrados del TC concluye que no, dado que, en principio, esta institución se presentó como amicus curiae (es decir, un tercero que no es parte, pero que colabora con el proceso) y, luego, un recurso de queja constitucional. 

Los magistrados Landa, Eto y Beaumont consideran que, a pesar de la existencia de este defecto, debió sentenciarse sobre el fondo. Aquí se producen más discrepancias: Eto y Beaumont sostienen que, a pesar que existe la prescripción de crímenes de lesa humanidad, los procesos por violaciones de derechos humanos no deben convertirse en vulneratorios de los mismos. Por tanto, consideran que ante un plazo demasiado extenso en resolverse el caso, el mismo debe concluirse. Landa opina que la imprescriptibilidad debe aplicarse a rajatabla y, por tanto, el caso debe continuar.  Como vemos, el debate doctrinario está aún abierto sobre esta materia.

¿Dijo el TC algo sobre el fondo? Lo hizo de modo críptico, en el considerando 8 de la sentencia:

Que por ello, este Tribunal considera que la sentencia de segunda instancia del presente proceso de hábeas corpus tiene la calidad de cosa juzgada, con efectos interpartes, en tanto se encuentre subsistente, pues quien se considere afectado por su contenido tiene expedita la vía del proceso de amparo contra amparo si los plazos procesales lo permiten.

Esta sentencia fue emitida por la Tercera Sala Penal con Reos Libres, en la que estuvo Nancy Ávila de Tambini, esposa del entonces jefe de los procuradores Moisés Tambini del Valle, ex abogado del Presidente de la República.  Es decir, si es que no se interpone el llamado “amparo contra amparo” - otro recurso de carácter excepcional - pues la sentencia sobre la prescripción dictada en el Poder Judicial podría quedar firme y, por tanto, los otros 7 marinos inculpados (y, en caso se encontraran otras pruebas, Alan García y Luis Giampietri, que solo son testigos en este caso) podrían interponer sus respectivos documentos para que el caso vuelva a fojas cero, esta vez ya de modo definitivo, a menos que la Corte Interamericana de Derechos Humanos considere que esta sentencia vulneró las obligaciones del Estado para procesar violaciones de los derechos humanos.

De otro lado, la primera instancia de la Oficina de Control de la Magistratura recomendó la suspensión de los magistrados que expidieron la mencionada sentencia judicial, porque la misma no tomó en cuenta los precedentes internacionales sobre la prescripcion de delitos de lesa humanidad. Tendremos que esperar que ocurre finalmente aquí y en el Consejo Nacional de la Magistratura para saber que ocurre con los magistrados y con la sentencia en cuestión.

Por tanto, el caso aún no parece estar concluido. El problema, tal como lo veo, es que el mismo ha sido demasiado manoseado que las suspicacias de uno y otro lado lo han convertido, más que en un tema jurídico y de justicia con las víctimas de un hecho execrable, en un asunto político, sea para defender al Presidente y al Vicepresidente o para demostrar su culpabilidad, cuestión que, seamos claro, no ha sido probada aún. Pero claro, las conductas apristas siguen alentando la sospecha.

Sin duda, este caso aún tiene para rato. Y la discusión sobre la responsabilidad penal de Alan García también.

ACTUALIZACIÓN (11:55 PM)

Juan Carlos Goicochea entrevista al Presidente interino del TC, Juan Vergara Gotelli. Todo un homenaje del magistrado a Mario Moreno.

13 Respuestas a “PONCIO PILATOS Y EL CASO EL FRONTON”
  1. JohnR dice:

    Alan Pilatos: ” Los del Fronton eran Blankitos de Izquierda. “

  2. Carlitos dice:

    Una institucion mas infiltrada por el APRA. Y ahora quien podra defendernos ?

  3. Salomón Quevedo dice:

    Una insignificante observación. El título del post debe ser “PONCIO PILATO Y EL CASO EL FRONTON”, no Pilatos

  4. Justiniano XXI dice:

    Siempre ha sido asi: la politica manda, lo legal justifica!! Es que el Derecho en ningun lado y en n ingun tiempo puede estar independiente de la politica; y mas aun en el Peru, donde tenemos Jueces sin criterio de Justicia, y que confunden torpemente la Justicia con su Codigos, y llenan las carilla de los papeles de churriguirescos enunciados juridicos-doctrinales para emitir sus resoluciones, para caminar con el pecho parado y esperando que le rindan pleitesia los demas, pavoneandose. Vana vanidad!!!! Y a mover el boligrafo segun como le digitan los mensajes desde arriba y como esperan seguir en sus puestos. Pobres diablos!!!!!

  5. heroesverdes dice:

    Se hizo justicia ningunas victimas los del fronton, solo terrucos que encuentran en rabanos ansioso de billete causas para seguir mendigando plata del exterior. Ya perdieron, felicidades godoy te queremos.

  6. Alfredo P. dice:

    Godoy!, el IDL nunca fue parte en el proceso, por esto no puede interponer este tipo de recursos; en esto existe unanimidad en la sentencia.
    No se tratra de meras formalidades, se trata del cumplimiento de la ley y sólo quiénes son parte en el proceso pueden reclamar un pronunciamiento sobre el fondo.
    El caso del Fronton ha sido archivado y reabierto varias veces en estos años, pues en realidad aquí las oengés derechohumanistas han empleado a los DD.HH como chaveta política según sus necesidades e intereses políticos del momento. Como estamos en un gobierno aprista y es necesario fregar a un Pdte. aprista y hacerle oposición (oposición que son su minúsculo caudal electoral no están en capacidad de hacer en el terreno político), pues entonces lo reabren.
    Si quieren dedicarse a la política, pues hagan política, pero no manoseen a los DDHH y sus instituciones para su fines.
    Ya se les cayó este caballito de batalla del Frontón, ¿por qué mejor no se dedican a dar argumentos en contra de la demanda que el sanguinario terrorista Abimael Guzmán ha presentado contra el Perú en la CIDH?, aaahhhh verdad, Uds. sólo defienden a terroristas, no pueden defender a la sociedad (porque no es rentable defender a la sociedad, así no se consiguen millonarias donaciones en dólares).

  7. Juan Garcia dice:

    Bueno el Peru es asi. La gente no sabe lo que en realidad es la democracia ni lo que el estado de derecho significa. El Peru esta siglos atras. Por suerte amigos en la legislacion internacional los asesinos como Garcia Y Guiamputra SIEMPRE podran ser enjuiciados, perseguidos y juzgados. Gracias a Dios, el mundo no se reduce al Peru. Sino miren a Karakhick y otros de las otrocidades de la ex-yugoslavia. A Pinochet tambien lo detuvieron, en fin. Aun hay esperanzas.

    Es que acaso esperaban que el TC haga su labor en el Peru? En un pais donde la corrupcion es la que reina y el gobierno esta llena de mentalidades como la de Alfredo P.? Lo que gente como Alfredito P. (bueno uso la palabra gente para no usar un termino mas apropiado pero grotesco para describir a este tipo de personas) que los DDHH se aplican SEGUN SEA EL CASO. En otras palabras, si “piensan” (de nuevo es un decir porque Afredito P. seguramente es tiene un encefalograma plano) los demas como el, entonces si son seres humanos y son dignos de que se respeten sus DDHH SINO………………

    Bueno eso es el Peru y esa misma si maldicion. Lastima! Saludos a tu vieja Alfredito P.

  8. Jorge Ágreda dice:

    “Ya se les cayó este caballito de batalla del Frontón, ¿por qué mejor no se dedican a dar argumentos en contra de la demanda que el sanguinario terrorista Abimael Guzmán ha presentado contra el Perú en la CIDH?, aaahhhh verdad, Uds. sólo defienden a terroristas, no pueden defender a la sociedad (porque no es rentable defender a la sociedad, así no se consiguen millonarias donaciones en dólares).”

    Una vez más la infamia como modo de hablar. Pobre tipo.

    Lo de Abimael Guzmán no tiene ni pies ni cabeza. La demanda presentada no tiene probabilidades de éxito, ya que se fundamente en la vulneración del debido proceso, cuando todos sabemos (y también la CIDH) que en el segundo juicio sí se respetó este derecho. Es así de simple, es así de fácil.

    ¿Por qué crees que ni siquiera el Gobierno ha hecho mayor mención de este tema? Porque simplemente sabe que es un absurdo. Ponerse a discutir sobre las posibilidades de éxito de la demanda de Abimael es como ponerse a discutir del porqué las vacas no vuelan.

  9. sincerodemoledor dice:

    El TC no sirve, muy politizado para ser garante de la Constitución. Que los elijan los colegios de abogados y las facultades de Derecho. Vivazos.

  10. Roberto Bárcena dice:

    El texto completo del fallo y los votos singulares en esta dirección http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2008/03173-2008-HC%20Resolucion.html

  11. Desde el Tercer Piso » MANTILLA IMPRESCRIPTIBLE dice:

    […] Stein, la jurisprudencia mayoritaria sobre este tema se decanta por esta interpretación, pero la ambiguedad del PJ  y del TC en el caso El Frontón (y que implicó un sanción para algunos magistrados) supuso un grave retroceso en esta materia. De […]

  12. MANTILLA IMPRESCRIPTIBLE « Willyretis’s Weblog dice:

    […] Stein, la jurisprudencia mayoritaria sobre este tema se decanta por esta interpretación, pero la ambiguedad del PJ  y del TC en el caso El Frontón (y que implicó un sanción para algunos magistrados) supuso un grave retroceso en esta materia. De […]

  13. ¿Un traficante ilícito de armas está de presidente momentáneo? « Caviar de Cianuro dice:

    […] aprista” (y militancia comprobada como Moisés Tambini del Valle y algunos miembros del Tribunal Constitucional) han tratado de dilatar y prescribir el caso, sin embargo, ello no es posible debido a que este […]

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