Archivo de 21 Diciembre 2007

Dentro de todas la serie de mentiras, inexactitudes e imprecisiones de las que ha hecho gala Alberto Fujimori durante el proceso que se le sigue por violaciones de los derechos humanos, la que más me ha indignado es la justificación de las leyes de amnistía dadas en 1995. Argumento que ha vuelto a repetir hoy.

El sentenciado a 6 años de prisión le dijo las siguientes barbaridades al Fiscal:

Esta ley era parte de una concepción para llevar al Perú a la pacificación. Primero se dio la Ley base de arrepentimiento. Cuando existe un clima donde la población siente que hay paz es necesario buscar una solución pacífica, luego de 14 y 15 años de guerra interna. Para mí esta guerra concluía con un acuerdo de paz, que propuso Abimael Guzmán públicamente, crear zonas desmilitarizadas para SL y el MRTA o una solución política.

La Ley de Amnistía buscaba la solución política para los que participaron en el terrorismo. Unos 20 mil del MRTA y SL se acogieron a esa ley de arrepentimiento. Por un lado, los senderistas y emerretistas y por el otro lado los militares, no solo los condenados por el caso La Cantuta sino de otros casos, a partir de 1980.

Estaba enmarcada en una solución política a la guerra interna después de 15 años, no acepté el acuerdo de paz como ha sucedido en otros países.

Un primer tema a dilucidar. Como lo dijo ayer Gustavo Gorriti en su columna en Caretas, Fujimori fluctúa entre dos estategias: la de la justificación de las atrocidades con el pretexto de la pacificación y la amnesia lindante con la demencia senil y el Alzheimer. Algo de ambas hay en esa respuesta. Fujimori ya se olvidó que la Ley de Arrepentimiento no era usada como “solución politica”, sino para obtener información. Y al usarse en un gobierno autoritario, ello fue lo que generó la inflación de inocentes en prisión. El hombre que decía ser “inflexible” frente al terrorismo ahora justifica bajo el cuento de la solución política una norma como esta.

Pero hay dos cosas más que no recuerda Fujimori.

La primera es un tema estrictamente jurídico: la imposibilidad de amnistiar violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. Los argumentos aplicables al Perú se pueden resumir en:
- La existencia de un conjunto de derechos que no pueden ser limitados en ningún tiempo o circunstancia, al que llamamos núcleo duro de derechos, frente al cual ninguna norma interna o externa puede establecer una norma que los vulnere. ¿Què derechos encontramos allì? La vida, la integridad personal, la prohibición de la tortura, debido proceso. Todos estos derechos fueron vulnerados a través de asesinatos, desapariciones, torturas o violaciones del debido proceso.
- La existencia de derechos independientes que implican el cumplimiento de la obligación estatal de investigar y sancionar violaciones de los derechos humanos. Me refiero aquí al derecho a la verdad y a las garantías judiciales de las víctimas y sus familiares.
- En el caso de conflictos armados internos, como el vivido por el Perú entre 1980 y 2000, la jurisprudencia internacional ha ido sosteniendo que las vulneraciones del artículo 3 común de los Convenios de Ginebra - aplicable a nuestro caso, sin que ello otorgue otro estatus jurídico a SL y al MRTA - deben ser procesadas por el Poder Judicial.

La segunda tiene que ver con lo simbólico y con un argumento que se ha repetido durante años: la necesidad de cerrar heridas a través de un perdón generalizado o de olvidar. Este argumento ha sido repetido en múltiples oportunidades para tratar de justificar los actos de impunidad más conocidos, como en Argentina y Chile. Para explicar mejor este punto, me remito a los casos de España y Sudáfrica, que muchos consideran como “ejemplos” de que dichas soluciones si habrían “funcionado”.

En el caso español, hasta tiempo reciente, la reconciliación se entendió como un olvido de lo ocurrido, a fin de poder construir instituciones sólidas e integrar de manera plena a España en la economía global. Si bien ambos objetivos se consiguieron, se difirió la solución a los reclamos de las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura franquista. El resultado: más de tres décadas luego de iniciada la transición española, se sigue discutiendo que hacer para reparar en algo el daño causado a personas que vivieron mucho tiempo en el olvido y, con ello, se sigue prolongando en demasía la consolidación de la democracia, al dejar de lado a un sector de la sociedad. La reciente expedición de la Ley de Memoria Histórica ha reabierto el debate en España. De hecho, ayer estuve viendo una serie española, Cuéntame como Pasó, en la que el tema central son los últimos años del franquismo y los años de la transición española, muestra de que aun se requiere un debate exhaustivo sobre aquellos años.

De otro lado, la experiencia sudafricana optó por un perdón condicionado a cambio de proporcionar elementos que permitieran construir una verdad aceptada por toda la sociedad que ha vivido la desagradable experiencia del apartheid. La reconciliación como perdón condicionó la forma y trabajo de la Comisión de la Verdad y Reconciliación. Sin embargo, ninguno de los objetivos se logró: ni la sociedad – menos aún, la clase política – ha aceptado la visión de culpa compartida que en parte señaló la CVR sudafricana, ni el perdón fue garantía para reconstruir los lazos sociales y políticos, aunque puede haber tenido algún efecto en la esfera que le es propia: la interpersonal. El intento de traslado de una potestad personal a la esfera pública, sumada a los intentos de impunidad dados desde el Estado y los responsables de lo ocurrido, han configurado un escenario de transición entrampada, dónde aún las víctimas no son plenamente escuchadas.

Un entendimiento más adecuado de la reconciliación es el señalado por la CVR peruana, basado en la reconstrucción de vínculos sociales y políticos como tarea central desde el Estado, aunque sin descuidar el aspecto interpersonal, colocando al perdón en su verdadera dimensión y apostando por la verdad y la justicia en un sentido amplio.

Sin embargo, la apuesta por aceptar sus recomendaciones e implementarla sigue siendo un tema pendiente, dado que la transición democrática no tuvo como eje central de sus preocupaciones, a que el debate se centró exclusivamente en como salvar responsabilidades políticas o penales y a que persiste una “memoria de salvación” como sentido común y narrativa válida en la clase política sobre el conflicto armado interno. Ello deja el camino abierto a que opciones de olvido o perdón (e impunidad) puedan ser validadas. Y de ello se aprovecha Fujimori para seguir justificando ese tipo de iniciativas.

A diferencia de los seres humanos que pierden la memoria y no la recuperan, las naciones siempre recuperan lo ocurrido. Nunca faltan quienes quieran enterrar el pasado, pero también quienes saben que la historia no se puede borrar de un plumazo o por la voluntad de un dictador. Pues siempre habrá quienes van detrás de la verdad

MAS SOBRE EL CASO FUJIMORI:
Omar Cairo: La injustificable amnistía
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