En enero, mientras se debatía (again) el retiro de la competencia contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, este blog puso en conocimiento de la existencia de un caso incómodo para Palacio de Gobierno, ventilándose en esta instancia internacional: el asesinato del dirigente sindical Saúl Cantoral y de la activista Consuelo García Santa Cruz, victimados el 13 de febrero de 1989, durante el primer gobierno de Alan García.

La razón de dicha incomodidad era que los presuntos autores de dichos asesinatos habrían sido miembros del Comando Paramilitar mal llamado Rodrigo Franco, una organización que, hasta donde se tiene conocimiento, era liderada por Agustín Mantilla Campos.

El viernes, la Corte Interamericana hizo de conocimiento público la sentencia sobre este caso. Las reseñas periodísticas del día sabado han destacado dos cuestiones importantes del fallo: la obligación del Estado de investigar estos sucesos y el pago de reparaciones a los familiares de Cantoral.

Sin embargo, Luis Alberto Salgado, secretario ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos y principal vocero del gobierno en esta materia, ha señalado que interpondrá una demanda de interpretación de la sentencia y que no pagará las reparaciones. Como era de esperarse, los familiares de Cantoral han elevado su protesta por esta nueva acción del Estado en contra de sus derechos.

¿En que se centra la protesta de Salgado? En que, si bien la Corte Interamericana de Derechos Humanos no examina responsabilidades individuales en este tipo de casos, si ha manifestado cual es la hipótesis más plausible sobre la autoría del crímen:

98. La Corte observa que, 18 años después de ocurridos los acontecimientos, el Estado no ha impulsado un proceso judicial que determine con claridad los hechos y responsabilidades, y presenta ante la Corte diversas hipótesis respecto a la autoría de los hechos. El Estado utiliza, inter alia, dos informes del Congreso y algunos documentos policiales para defender la atribución de los hechos a agentes no estatales. Como fue señalado (supra párrs. 75 y 96), la acusación que, entre otros elementos, sirvió como base para la hipótesis de dichos informes del Congreso, concluyó en una decisión judicial absolutoria de dos estudiantes por cargos, inter alia, de terrorismo. Por su parte, la hipótesis manejada en los informes policiales culminó con el archivo de las actuaciones ordenadas por el Ministerio Público. Por el contrario, la atribución de responsabilidad por los hechos a agentes estatales se encuentra recogida en pronunciamientos oficiales, tales como el informe de mayoría de la comisión parlamentaria conocida como “Comisión Herrera”, el informe pericial del Instituto de Medicina Legal y, particularmente, el de la CVR, cuyo informe ha sido respaldado por los poderes públicos peruanos (supra párrs. 91, 93 y 97) y no ha sido desvirtuado en sede judicial. Por consiguiente, considerando las conclusiones de las instituciones oficiales que han conocido sobre los hechos del presente caso, la Corte no encuentra elementos suficientes para arribar a una conclusión distinta a la responsabilidad de agentes estatales por los hechos contra Saúl Cantoral Huamaní y Consuelo García Santa Cruz. Lo anterior lleva a la Corte a concluir que el Estado incumplió con su obligación de respetar los derechos a la libertad personal y a la vida por la detención ilegal y arbitraria y muerte de Saúl Cantoral Huamaní y Consuelo García Santa Cruz, lo cual constituye una violación de los artículos 7 y 4 en relación con el artículo 1.1 de la Convención Americana.

Les cuento un poco el argumento con el que fue el Estado en esta materia. Ante la Corte, el Perú aceptó que no se había hecho una investigación suficiente para dar con los responsables. Sin embargo, fue hasta con 5 hipótesis sobre la autoría del crimen: Sendero, el Comando - hipótesis que no fue enfatizada, dado que Salgado es aprista -, delincuentes comunes e incluso se llegó a acusar a empresarios mineros de haber contratado sicarios. La verdad, es que suena extraño que un gobierno aconchavado con la gran inversión minera termine acusando a algunos de ellos de cometer un crímen tan execrable como este.

Sin embargo, y como señalé párrafos atrás, la Corte no determina responsabilidades individuales porque no es su papel. Para la Corte, el Estado será responsable independientemente del agente que cometió el hecho. En el caso Cantoral, este dirigente sindical había recibido amenazas de muerte y el clima contra los dirigentes mineros era de zozobra. El Estado debió garantizar la seguridad de este líder laboral, pero no lo hizo. Y ello, independientemente de quien fue el ejecutor, ya le acarreaba una responsabilidad al Estado por este hecho.

Esto me deja la impresión de que, antes de ser abogado del Estado, Luis Alberto Salgado parece el abogado del gobierno aprista en este caso. ¿No habrá sido a él a quien Agustín Mantilla se refirió como una de las influencias amicales que tiene en el Gobierno?

MAS SOBRE EL TEMA:
El Morsa: El caso de Saúl Cantoral

6 Respuestas a “CASO CANTORAL: NUEVA PIEDRA EN EL ZAPATO DEL GOBIERNO”
  1. Anonymous dice:

    es obvio que salgado es un escudero del partido que gobierna.
    ingresó con la actual administración.
    serías nuevamente iluso si crees que responde a los intereses de todos los ciudadanos…
    salgado es un abogado que estudió en la pucp ( de los pocos apristas que habían en ese entonces…)
    por favor: para quién creen que trabaja ???

  2. Anonymous dice:

    Salgado no es abogado/agente en el tema Cantoral. Informate, por favor.

    Te equivocas en decir que Salgado miente en su CV. El mismo pone en su CV, a los que tu mismo refieres, que trabajo en el gobierno Aprista en los 80. Informate.

    Los oficiales politicos en la ONU no son considerados VOLUNTARIOS. Salgado era oficial politico, no considerado VOLUNTARIO. Asi que nuevamente, tomate el tiempo de investigar.

    Por ultimo, Salgado es el unico dentro del gobierno que se le para a Alan. Algo que ni los independientes en el gabinete hacen. Asi que nuevamente, tomate el tiempo de investigar.

    No seas mediocre Godoy, que asi no vas a llegar muy lejos.

    P.D. Por que no dejas que tu lectores comenten sin tu censura? Me huele a cobardia.

  3. Anonymous dice:

    godoy, no le hagas caso… sólo le faltó firmar: salgado…

  4. Desde el Tercer Piso » MANTILLA IMPRESCRIPTIBLE dice:

    […] de Derechos Humanos dio su sentencia en el caso Saul Cantoral (atribuido al Comando), el gobierno peruano pidió una interpretación del fallo, dado que la Corte IDH señaló que la tesis más probable era que el crimen era responsabilidad de […]

  5. MANTILLA IMPRESCRIPTIBLE « Willyretis’s Weblog dice:

    […] de Derechos Humanos dio su sentencia en el caso Saul Cantoral (atribuido al Comando), el gobierno peruano pidió una interpretación del fallo, dado que la Corte IDH señaló que la tesis más probable era que el crimen era responsabilidad de […]

  6. FNTMMSP rinde homenaje a ex Sec. Gral. de FNTMMSP, Saúl Cantoral Huamaní, asesinado por Comando Rodrigo Franco dice:

    […] asesinato del comando paramilitar aprista Rodrigo Franco el 13 de febrero de 1989, según revela la sentencia de la Corte Interamericana de Derecho Humanos dictada el año […]

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