Tal como se esperaba, ha causado revuelo la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre las ejecuciones extrajudiciales practicadas en mayo de 1992 en el Penal de máxima seguridad Miguel Castro Castro, durante el gobierno de Alberto Fujimori.

Sin embargo, la discusión mediática se ha centrado en el tema de las reparaciones más que en lo que dice la sentencia sobre los temas de fondo.

A nuestro modo de ver, la discusión debiera centrarse en otros aspectos de la sentencia, que son los medulares y sobre los cuales el Estado y la sociedad peruanas deberá reflexionar de manera seria y calmada, lejos de las bravatas que vienen esgrimiendo los diarios Expreso, La Razón y Correo, como de las actitudes reprobables de los abogados senderistas, que pretenden convertir este fallo en una victoria, cuando no lo es.

Un primer aspecto a tener en cuenta es que la vida humana debe respetarse, sea cual fuere la persona de la que se trate. Nadie tiene derecho a decidir cuando cesa la vida de una persona, menos aún por la fuerza. Eso nunca lo entendió Sendero Luminoso, agrupación que utilizó la violencia y el terror para tomar el poder y cuyos miembros no dudaron en asesinar a sus propios compatriotas. De ello no hay duda y por eso se exige la mayor sanción posible, dentro de la ley y los compromisos internacionales asumidos por el Perú, para quienes iniciaron un conflicto que le costó al país cerca de 70 mil víctimas.

Pero el Estado no se puede colocar al mismo nivel que aquellos a los que busca combatir. La forma de derrotar a la subversión es con las de la legalidad y la Constitución. No se logra cometiendo violaciones a los derechos humanos ni menos aún ejecutando personas, por más delincuentes que estas hayan sido. Esa es la lección que hasta ahora la clase política peruana, buena parte del empresariado y de la sociedad no aprende: la famosa mano dura que tanto se reclama, los costos a pagar de los que hablaba Raúl Romero en aquella infeliz declaración en Caretas siempre terminan siendo mayores que los objetivos que se buscan conseguir. Como decía Henry Pease en mi clase de Realidad Social Peruana, siempre el medio condiciona la resultante. Este caso en particular ha sido la clara demostración de ello.

Un segundo aspecto es que el Estado peruano reconoció los hechos materia de la sentencia de la Corte Interamericana. Es decir, se reconoció que había existido un operativo de traslado de detenidos por terrorismo que culminó en una masacre, que no existió de por medio un motín y que se utilizó desproporcionadamente la fuerza, además de rechazar todo tipo de mediación en los acontecimientos. Eso, en términos jurídicos, implica una asunción de la responsabilidad internacional de estos hechos y, por tanto, la consecuencia lógica es que haya un deber de reparar a las víctimas de estos sucesos.

En Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la calidad de víctima no depende de quien sea el autor o que se haya identificado al autor del hecho violatorio y es independiente de toda relación que pueda haber existido entre la víctima y ese autor o perpetrador. Tampoco dicha calidad depende de la conducta previa de la persona perjudicada, pues, sobre la base de los principios de igualdad ante la ley y no discriminación, no se toma en cuenta la legalidad o moralidad de sus acciones personales, teniendo como único límite aquellos casos en los que miembros de organizaciones subversivas fueron heridos, muertos o lesionados en enfrentamientos armados, pues tomaron las armas contra un régimen democrático y como tales se enfrentaron a la represión legal y legítima que las normas confieren al Estado.

Es en este marco que debe examinarse el tema de las reparaciones, tan manoseado y comentado en estos días. Y sobre esta base podemos concluir que las indemnizaciones otorgadas son correctas y que cualquier aclaración a la Corte Interamericana no surtirá efecto alguno con relación a este aspecto. Con relación a la propuesta del embajador peruano ante la OEA, Antero Flores - Araoz, para embargar las indemnizaciones, esta opción sólo procedería para los senderistas heridos que han sido sentenciados, como es el caso de Osmán Morote y otros, pero no operaría para el pago de los familiares. Una opción es que el Estado difiera el pago hasta que procese y condene al autor intelectual de estos hechos, es decir, a Alberto Fujimori, quien sí tiene la posibilidad material - de sobra, con lo que se robó - de pagar dichas indemnizaciones.

Punto aparte sí lo constituyen las reparaciones simbólicas solicitadas. Y allí sí consideramos que la Corte Interamericana pudo haber tenido un error de apreciación, dada la hipersensibilidad que existe en el Perú con el tema del terrorismo, por lo que pedir una ceremonia de reconocimiento del Estado en el monumento El Ojo que Llora, que conmemora a las víctimas del conflicto armado interno, es sumamente chocante para quienes vivimos el terror de aquellos años. Allí creemos que si cabe una petición de aclaración del Estado peruano a la Corte sobre este punto de la sentencia, que, como sabemos, es inapelable.

Un tercer aspecto a tomar en consideración es tener en consideración cual es la situación de las cárceles en el Perú. La vida y obra del sacerdote Hubert Lanssiers, tan recordada en estos días de balance de finales de año, nos hace tener en consideración que sí es posible la tan ansiada rehabilitación del detenido, incluso de aquellos que en algún momento fueron parte de organizaciones subversivas. Un reciente informe de la Defensoría del Pueblo, nos recuerda que miles de compatriotas moran en las prisiones peruanas en condiciones infrahumanas, donde es muy difícil la rehabilitación, muchos de ellos sin sentencia judicial firme.

La opinión pública peruana, en general, no muestra interés por la suerte de los internos en las cárceles. La idea más extendida sobre la pena es su equivalencia con el castigo, equivalencia que se exacerba cuando se trata de delitos muy graves y que raya con la venganza, por lo que existe un sector de peruanos proclive a aceptar restricciones a las condiciones carcelarias que vayan más allá de lo permitido por la Constitución, la ley y los tratados internacionales. Pese a ello, el Estado tiene varias obligaciones que cumplir en esta materia: restituir derechos fundamentales compatibles con la reclusión, transmitir a la ciudadanía una idea más exacta de la vida en las cárceles y ejercer su autoridad con respeto a la vida y los derechos de los internos.

Esa lección debió ser aprendida con los sucesos de los Penales de 1986, en la que, si bien hubo un motín de por medio, todos los involucrados reconocen que hubo un uso excesivo de la fuerza, que culminó en ejecuciones extrajudiciales. Desafortunadamente, en 1992, con la aquiescencia de muchos peruanos, perdimos la democracia y se repitieron – esta vez con la complicidad directa de quien ejercía el poder absoluto – los mismos errores y horrores del pasado. Hoy, los responsables deben pagar y los peruanos debemos comenzar a mirar nuestra historia reconociendo que no supimos manejarnos adecuadamente en dichas circunstancias, pero que no debemos volver a cometer los mismos errores.

Finalmente, de seguro no faltará alguno que diga que debemos retirarnos de la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (de hecho, Rafael Rey ya lo hizo). Quien lo haga debe ser consciente de que con ello perderemos un instrumento importante para defender nuestros derechos fundamentales. Y debe ser más consciente aún que el Perú es el país que más sentencias tiene ante el sistema interamericano. Algo anda mal en nuestra sociedad y nuestro Estado para que tengamos tan vergonzoso record y no es la existencia de una instancia internacional que procese la responsabilidad estatal sobre vulneraciones a los derechos de las personas. Más bien es aquello que hace reclamar atropellos para vivir tranquilos. ¿No es aquello sobre lo que debemos pensar para mejorar como nación?

POST SCRIPTUM: Una aclaración adicional, con relación a una información vertida el día de hoy en el diario Expreso.

El monumento El Ojo que Llora no es un monumento a terroristas ni se construyó a espaldas de la Municipalidad de Jesús María. Como lo señaló un especial sobre el monumento hecho por Agencia Perú, “la municipalidad de Jesús María, en actitud humanística, cedió una parte del Campo de Marte para conmemorar y respetar la memoria de nuestra historia. En sus jardines nacerá el proyecto La Alameda de la Memoria. Proyecto cuya finalidad es crear una cultura de conciencia para que la historia no se repita“.

En la Alameda de la Memoria se instaló la escultura El Ojo que Llora, elaborada por la artista holandesa residente en el Perú Lika Mutal, para recordar a las víctimas de la violencia. En el proyecto también ha intervenido el arquitecto Luis Longhi. Ambos han donado su trabajo y han inscrito la Alameda de la Memoria dentro de una lista de Museos de la Memoria.

Por tanto, la aseveración hecha por el diario Expreso, que recoge supuestas declaraciones del nuevo alcalde de Jesús María, Luis Ocrospoma, carece de todo fundamento.

MAS SOBRE EL TEMA:
Sentencia completa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Castro Castro.
Gran Combo Club: Fallo CIDH: ¿Triunfo de Sendero o de la sociedad civil? Sentencia CIDH: batalla mediática.
Perú.21: Posiciones diversas sobre la sentencia de la CIDH.
Salomón Lerner Febres: “García debe explicar el papel de Fujimori en la masacre del penal”.
Gastón Garatea: “Sentencia no es homenaje a SL”.
Antero Flores Araoz: “Embarguemos indemnizaciones”.
Fernando Vidal Ramírez: “Corte Interamericana no defiende terroristas”.
Editorial de La República: El fallo de la CIDH.
El Blog del Morsa: Alan García: “Resulta indignante que un tribunal haya llegado a esta conclusión”.
Alberto de Belaúnde: Sobre el fallo de la CIDH.
Laura Balbuena: “Nadie es totalmente malo”.

11 Respuestas a “LA SENTENCIA DE LA DISCORDIA”
  1. el aguafiestas dice:

    Es cierto que la Corte se ha excedido en el fallo, sobre todo en el asunto del reconocimento público de parte del Estado, pero ningún modo eso no debe ser excusa para que el Perú se retire de la CIDH, tal como vienen cacareando los mismos que respaldaron al ladrón Fujimori, que -como bien dices- es quien en todo caso debería pagar las indemnizaciones.

    Y el titular de hoy de Expreso? Nada, su patología me hace recordar un viejo titular de la prensa basura de los 90. Creo que fue El Chino que titulaba: Castañeda propone crear día del terruco.

  2. Ernesto dice:

    Son quienes dicen lex dura lex los que deberian releerse a si mismos y aceptar las resoluciones judiciales, lo que si…. podemos discrepar sobre eso de hacerles homenaje, lo cual evidentemente es una exageracion.
    Y Aldito…. haciendo bilis, creo que ya lleva 5 editoriales al respecto.

    Siempre digo, damos armas a nuestros soldados y policias para que nos defiendan no para que se pongan al nivel del criminal, dicho esto si hay fuego cruzado al enfrentarse con ellos y muere un inocente bueeenoo no se puede criminalizar al agente, pero cuando se entra con todo en plan rastrillaje, desapariciones o masacres eso ya no nos hace mejores que los asesinos.

  3. WALTER VIL dice:

    Ante todo, dos aclaraciones al respecto:
    Godoy dice:
    Una opción es que el Estado difiera el pago hasta que procese y condene al autor intelectual de estos hechos, es decir, a Alberto Fujimori, quien sí tiene la posibilidad material - de sobra, con lo que se robó - de pagar dichas indemnizaciones.

    Bueno, Godoycito; las afirmaciones que planteas son demasiado exageradas para un abogado de la Católica, que pretendes ser; ya que debes acordarte que en materia penal son sólo las pruebas y nada más que las pruebas que se presenten al juez respectivo; las que determinarán la responsabilidad penal o no, del procesado Fujimori, por todos los delitos que se le imputan, en el proceso penal que el régimen de Alejandro Toledo, abrió contra Fujimori.

    Godoy dice:
    2.- En Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la calidad de víctima no depende de quien sea el autor o que se haya identificado al autor del hecho violatorio y es independiente de toda relación que pueda haber existido entre la víctima y ese autor o perpetrador. Tampoco dicha calidad depende de la conducta previa de la persona perjudicada, pues, sobre la base de los principios de igualdad ante la ley y no discriminación, no se toma en cuenta la legalidad o moralidad de sus acciones personales.

    He ahí, el punto del problema, respecto a mis serias discrepancias con el Derecho Internaqiconal de los Derechos Humanos, que Godoy plantea; ya que el saber o determinar el comportamiento, asi como la conducta moral; que llevaron a que se produjeran las circunstancias o condiciones en las que se produjo la muerte de toda persona, y mas aun si se trastan de vulgares delincuentes comunes o de criminales asesinos terrorsitas; en cuyo caso la acción de su proceder criminal, debería pesar, y mucho ante la ley y para la ley.

    Por último, hay que recordar que el origen de acceso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos , a través del Pacto de San José de Costa Rica, tiene un ORIGEN ESPURIO, ya que su acceso y activación y acceso; se produjo durante un gobierno militar de corte dictatorial, como el de Francisco Morales Bermúdez, es decir durante un gobierno, que carecía de una legitimidad democrática, y que violaba todo un ordenamiento adecuado y pertinente que van en correlación, con un Estado Constitucional y democrático de Derecho; por lo que su accionar debe ser nulo.

    Además, yo no creo en la posición de aquellos que mantienen la opinión de decir que si nos retiramos de la CIDH, vamos a estar al mismo nivel que Trinidad y Tobago, esas no son nada más que puras falacias; ya que el país más poderoso del mundo (hasta el momento) y quizás el más adelantado en materia tecnológica y científica, como lo es Estados Unidos de Norteamérica, tampoco forma parte de la ya tristemente célebre CIDH.
    Además debemos recordar, por ejemplo el caso práctico de Chile, quien por ejemplo en 1976, se retiró del Pacto Andino, por incompatibilidades con los demás países integrantes, en temas de materia económica; y ven a Chile, le fue mucho mejor que a nosotros en muchos campos.
    Lo mismo puede suceder si es que el Perú, plantea y decide ejecutar su retiro de la CIDH, que tan mal, nos iría???
    Yo creo que mal con la CIDH, mejor sin la CIDH.

    Por último hay que recordar lo sigueinte:

    El fallo de la CIDH dispone que el Estado pague 10 mil dólares como reparación a los deudos de cada uno de los internos fallecidos en la operación.
    Establece además el pago de entre 10 y 25 mil dólares a los internos que resultaron heridos.
    El abono deberá ejecutarse en un plazo de 18 meses.

    En un Estado tan pobre como el nuestro donde existe ausencia y carestía de recursos, no nos podemos dar el lujo de estar “recompensando” económicamente a los familares de los terrorsitas, ni mucho menos a los terroristas heridos, por su “gran” y “sacrificada” “labor heroica”, donde apenas simplemente mataron (según su parecer) a millones de personas, nada mas!!!
    Y donde lo que es peor aun, siu líder máximo Abimael Guzmán Reynoso, no ha declarado disculpas públicas, por la muerte de millones personas que este criminal mandó a ejecutar, mientra bailaba “Zorba el Griego”, en una casa pituca de Miraflores.

  4. Jose Alejandro Godoy dice:

    Nuevamente, una reflexión adicional para enriquecer la discusión.

    La discusión en torno a esta sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos prueba lo difícil que es asumir la universalidad de los derechos humanos, así como demuestra que tan abiertas están las heridas de un conflicto que afectó, conviene recordarlo, a decenas de miles de campesinos pobres de nuestro país. El rechazo que produce Sendero Luminoso se ubica como parte de nuestro sentido común, al punto que se ha convertido en una categoría fundamentalmente negativa en el lenguaje cotidiano. Es lógico y consistente que sea así, pues la dimensión de los crímenes perpetrados por Abimael Guzmán trasciende el análisis factual y se ubica en un componente ético esencial de la sociedad peruana.

    Sendero Luminoso no sólo afectó vidas y futuros de miles de peruanas y peruanos, sino que también contribuyó significativamente al envilecimiento moral de la Nación. Sus acciones y su fundamento ideológico terrorista privaron al país de oportunidades de desarrollo en democracia. De allí que la tentación de la mano dura y los más oscuros capítulos de nuestra historia reciente siempre encuentran una conexión con el argumento de la lucha contra el terrorismo, y que el autoritarismo político y social encuentre entonces cabida y cierto apoyo popular, muchas veces reactivo, como cuando observamos el alucinante apoyo masivo a la pena de muerte, a la intervención de las fuerzas armadas y, como no, frente al tema y a las organizaciones de derechos humanos.

    En este lenguaje envilecido, la sentencia de la Corte hecha sal en la herida abierta. Cualquier interpretación jurídica que fundamente la corrección de los argumentos se enfrentará con un sentido común con características de verdad revelada, de axioma que anula cualquier discusión. Por si fuera poco, ciertas coaliciones coyunturales buscan y buscarán fundamentar decisiones y rechazo en función de ese sentido común. Como reparar a los terroristas es una barbaridad, también lo es que sigamos siendo parte de un sistema que los protege y los cobija. Asimismo, cualquiera que levante la voz reclamando que todos los seres humanos gozamos de derechos humanos será calificado como partidario del terrorismo. Las escasas referencias a las responsabilidades que le corresponden a Alberto Fujimori – que son referidas expresamente en la sentencia – nos dicen mucho de las razones del ruido y la niebla que se nos quiere tender, tanto frente a esta sentencia como aquella referida al caso de La Cantuta.

    Nos corresponde responder con serenidad y con la certeza de nuestras convicciones. Lo ocurrido en Mayo de 1992 en el Penal de Castro Castro fue un crimen cometido por agentes estatales. Las personas que fueron torturadas y asesinadas si son víctimas y, por tanto, merecen una reparación. Puede ser cierto que a la sentencia le faltó una reflexión sobre el significado del contexto y las implicancias de Sendero Luminoso en el goce y disfrute de los derechos fundamentales, pero también lo es que hubo premeditación y alevosía y que la conducta de un ejecutado no justifica su ejecución extrajudicial. ¿Cuántos desaparecidos habrán pertenecido a Sendero Luminoso? ¿su militancia los hace “semi-víctimas”?

    Finalmente, aprovechemos la oportunidad para repensar en los escasos pasos dados en esta difícil transición, dejemos de lado el optimismo y pensemos en las sombras poderosas que la acechan.

  5. Jose Alejandro Godoy dice:

    Sobre la CIDH, pongo los argumentos que Silvio Rendón en su blog Gran Combo Club, pone sobre el tema (www.grancomboclub.blogspot.com)

    1. El Perú es parte de todo este sistema internacional desde hace mucho tiempo. Tal vez antes Saddam Husseín haya estado o ahora Irán esté en desacato del orden internacional y ya vemos cómo les va. No es el camino que debe seguir el Perú.

    2. La política de salir de la CIDH ya se se siguió. Fue durante Fujimori por el caso de Baruch Ivcher. ¿Qué tal le fue al Perú por el asunto? ¿Es que no pasó nada? ¿Es que “los gringos” siguieron tan amigos de Fujimori? Al director de Correo hay que decirle: Think again!

    3. Baruch Ivcher pudo recuperar su canal gracias a la CIDH.
    Ver: Caso Ivcher Bronstein Vs. Perú. Ahora desde su canal hace hablar a otros para socavarla. La vaca no se acuerda de cuando fue ternera. ¿A quién acudiría Aldo Mariátegui si alguien lo perjudica? Ivcher que es más rico y poderoso que él tuvo que recurrir a la vilipendiada CIDH. Ahí sí que la CIDH ist wieder gut …

    4. El propio Alan García recurrió a la CIDH contra el Perú. Con esto abrió las puertas para su regreso al Perú. Su abogada fue Judith de la Mata de Puente, hoy relegada a segundo plano dentro del APRA.
    Verlo aquí: Alan García Perez v. Perú, Caso 11.688,. Lo dicho, la vaca no se acuerda de cuando fue ternera… Hoy Alan García siente indignación nacional por lo que sentencia una corte que defendió sus derechos. Muchos peruanos y peruanas sintieron indignación también cuando lo vieron a él volviendo al Perú… incluyendo al director de Correo..

    5. Son muy numerosos los casos de la CIDH contra el estado peruano. Pensar en retirarse es una confesión de incapacidad en poder resolver los temas pendientes. Casi todos estos casos son de ciudadanos peruanos en busca de la justicia que no encuentran a nivel local.

    6. “Nuestro paísito y sus políticas no les importan” como quien dice “en mi chacrita hago lo que me da la gana y a nadie le importa”. ¿Es este un líder de opinión? ¿Tan mal estamos? ¿Queremos mejorar como país y tener presencia internacional o seguir siendo un paísito con politicas misias y arbitrarias?

    7. Este señor cree que basta con que él diga que haya referéndum y alguien en las altas esferas le hará caso y se hará. Es la lógica de la chacra. No es así. Tal vez envalentonado porque le han hecho caso antes, esta soñando con que así funcionan las cosas. Toca que se baje de su nube. Si de verdad quiere algo así tendrá que ponerse a recolectar firmas para comenzar con el proceso legal. Esperaremos sentados a ver si hace algo. Al menos Jaime Bayly sí se comió el pleito de llamar al voto viciado durante las elecciones del 2001.

    8. En el país no se ha hecho un referéndum por el TLC, para lo cual un sector se dio el trabajo de recolectar firmas. Reunieron 100 mil firmas que presentaron ante el JNE. Se admitió la iniciativa ciudadana, pero los chotearon en el congreso. Es así como funcionan las cosas. El referéndum se hace con el respaldo de mucha gente, no de una sola persona.

    9. Hace dos días leía “¡Encima homenajearlos!”:

    “Cada día aparecen aspectos aún más indignantes en este estrafalario fallo dado por la Corte Interamericana. Resulta que además de tener que darle dinero a senderistas muertos, la Corte ordena que… ¡se les haga un homenaje! y que además se escriban sus nombres en ese monumento caviarón que queda en el Campo de Marte, aquel que más parece una propaganda médica contra los estragos de una conjuntivitis veraniega que una supuesta reflexión”.

    Pues, bien. Leo la sentencia de la CIDH Caso del Penal Miguel Castro Castro Vs. Perú y me encuentro con que el homenaje a los muertos por este caso dentro del monumento “El Ojo que llora” fue propuesto por el propio estado peruano. Los familiares propusieron:

    “la creación de un parque en la zona de Canto Grande, donde las víctimas y familiares de personas fallecidas que representa puedan plantar un árbol “como gesto simbólico de vida a nombre de su ser querido fallecido”, así como que se erija un monumento en el parque para honrar a las Madres de las víctimas que representa. Lo anterior deberá ser construido conforme a los deseos de las víctimas. No desean “museos ni monumentos de otra naturaleza adscritos a dicho parque”;
    Punto 134, inciso g, página 144.

    No pedían placas. Fue la CIDH la que propuso una placa conmemorativa. El estado peruano replicó que no estaba de acuerdo:

    e) no está de acuerdo con la medida que se refiere a poner una placa conmemorativa en el lugar de los hechos, debido a que ya se ha erigido en un lugar público de la capital un monumento en favor de todas las víctimas del conflicto. Además el penal Miguel Castro Castro, en actual funcionamiento, “cuenta todavía con internos por delitos de terrorismo vinculados al grupo político que inició el conflicto y un gesto como el que se pretende sustentaría su posición política y pondría en riesgo el orden del penal”;
    Punto 412, inciso e. página 137.

    Finalmente, se quedó en lo siguiente

    453. En cuanto a las medidas solicitadas por la Comisión y la interviniente, sobre construcción de monumentos y la creación de un parque en “la zona de Canto Grande”, el Estado alegó que “ya se ha erigido en un lugar público de la capital un monumento (denominado el Ojo que Llora) en favor de todas las víctimas del conflicto, en un lugar público de la capital de la República y que es materia de continuos actos de recuerdo y conmemoración”.
    Punto 453. página 150.

    Pues sí, fue la posición del propio estado peruano que se debía añadir los nombres de los muertos en el Castro Castro a un monumento que ya existe. No estamos pues ante algo inusitado que no se hubiera venido haciendo antes…. Ya hay un homenaje a los muertos por la guerra interna, a todos. Pero, bueno. En la desinformación de la opinión pública todo vale…
    Nos toca dejar la confrontación y el antagonismo y pasar a una nueva etapa…¿Es algo que cuesta tanto de entender?

    Por otro lado, ¿es que tanto puede pesar alguien con tanto desconocimiento? ¿Vale más ser achorado y bilioso que conocer sobre un tema? ¿Es lo mejor que tenemos en estos momentos?

  6. Kinua dice:

    Yo me pregunto estimado Godoy si se llegó a derogar la ley 16979 que establece que el Campo de Marte y sus áreas verdes son área INTANGIBLE.

    En todo lo que yo he buscado, no he encontrado alguna ley que la derogue.

    Hacer un monumento o una alameda que nos recuerde las víctimas de la violencia es lo más loable.

    Sin embargo, siempre procurando cumplir las leyes, más aun cuando SE RECLAMA JUSTICIA ante tanta violencia.

    Este Ojo que llora y el próximo quipu a instalarse violan la ley de intangibilidad del Campo de Marte.

    Recordemos que en Lima tenemos pocas áreas verdes. Desde el satélite se puede ver claramente todo el cemento echado en memoria de las víctimas, es aún más grande que el tributo a los caídos del 41.

    Sin violar la ley de intangibilidad del Campo de Marte pudieron decidir colocarla en otro lugar, y no perjudicar a uno de los pulmones de Lima.

    Lo más sensato es que este Ojo que llora sea traslado a otro lado, así reparamos la violación a esta ley de intangibilidad.

    Lo más sensato también hubiera sido que se llame a concurso público para la elaboración de un parque a la memoria de TODOS los que sufrimos la violencia, directa o indirectamente, y no hacerlo a dedo.

    Muy probablemente otras propuestas hayan sido menos CEMENTERAS y más amigables con el medioambiente.

  7. Walter Villegas dice:

    No se trata de que seamos insensibles o duros con esos terroristas; se trata simplemente de hacernos respetar como sociedad peruana; jurídicamente representada por este ente abstracto o enetelequia jurídica, llamada ESTADO, el cual era administrado por el entonces Presidente de la República,
    Dr. Alejandro Toledo Manrique, quien alevosamente, decidió ALLANARSE, sin más ni más, a través de su Ministro de Justicia, Alejandro Tudela Chopitea, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); con el único fin político y jurídico, de poder incriminar a través de este fallo condenatorio, al ex-Presidente de la República, Ing. Alberto Fujimori Fujimori, y de declararlo con todas las de ley; como violador de Derechos Humanos, y así poder lograr su extradicción, ante el Estado Chileno.
    Así que mas que ver o velar por la supuesta muerte de estos ignominiosos terrositas en el penal Castro Castro, en mayo de 1992; lo que se busca es de todas maneras sí o sí con un espíritu de venganza justiciera, encontrar un caso más de violación a los Derechos Humanos, que busquen inculpar sí o sí a Fujimori.
    Por último es falso que los terroristas, fueron ejecutados o ajusticiados extrajudicialmente, ya que ellos murieron en combate contra las fuerzas del orden, donde inclusive mataron a un efectivo policial, a quien de una manera insana y fuera de juicio, le arrancaron los ojos a este pobre policía.
    Además, dónde estan los Derechos Humanos de miles y miles de policias y militares muertos en combate???
    Es que acaso los Derechos Humanos de miles y miles de policías y militares muertos en combate por las fuerzas demenciales del terrorismo, no valen nada??
    Es que acaso estarán representadas en el famoso monumento “El OJo que llora”, los nombres de estos valerosos policias miliates, y ante todo, hermanos peruanos muertos en combate.
    Por último, los Derechos Fundamentales y los Derechos Humanos de todos los millones peruanos, no deben estar sometidos al juego político de algunos políticos, mejor dicho para este caso, politicastros, del régimen anterior, ni de cualquier otro régimen en el futuro, que pretenda manipular el tema de los Derechos Humanos, para su propio provecho y/o beneficio político.

  8. Walter Villegas dice:

    No se trata de que seamos insensibles o duros con esos terroristas; se trata simplemente de hacernos respetar como sociedad peruana; jurídicamente representada por este ente abstracto o enetelequia jurídica, llamada ESTADO, el cual era administrado por el entonces Presidente de la República,
    Dr. Alejandro Toledo Manrique, quien alevosamente, decidió ALLANARSE, sin más ni más, a través de su Ministro de Justicia, Alejandro Tudela Chopitea, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); con el único fin político y jurídico, de poder incriminar a través de este fallo condenatorio, al ex-Presidente de la República, Ing. Alberto Fujimori Fujimori, y de declararlo con todas las de ley; como violador de Derechos Humanos, y así poder lograr su extradicción, ante el Estado Chileno.
    Así que mas que ver o velar por la supuesta muerte de estos ignominiosos terrositas en el penal Castro Castro, en mayo de 1992; lo que se busca es de todas maneras sí o sí con un espíritu de venganza justiciera, encontrar un caso más de violación a los Derechos Humanos, que busquen inculpar sí o sí a Fujimori.
    Por último es falso que los terroristas, fueron ejecutados o ajusticiados extrajudicialmente, ya que ellos murieron en combate contra las fuerzas del orden, donde inclusive mataron a un efectivo policial, a quien de una manera insana y fuera de juicio, le arrancaron los ojos a este pobre policía.
    Además, dónde estan los Derechos Humanos de miles y miles de policias y militares muertos en combate???
    Es que acaso los Derechos Humanos de miles y miles de policías y militares muertos en combate por las fuerzas demenciales del terrorismo, no valen nada??
    Es que acaso estarán representadas en el famoso monumento “El OJo que llora”, los nombres de estos valerosos policias miliates, y ante todo, hermanos peruanos muertos en combate.
    Por último, los Derechos Fundamentales y los Derechos Humanos de todos los millones peruanos, no deben estar sometidos al juego político de algunos políticos, mejor dicho para este caso, politicastros, del régimen anterior, ni de cualquier otro régimen en el futuro, que pretenda manipular el tema de los Derechos Humanos, para su propio provecho y/o beneficio político.

  9. Walter Villegas dice:

    No se trata de que seamos insensibles o duros con esos terroristas; se trata simplemente de hacernos respetar como sociedad peruana; jurídicamente representada por este ente abstracto o enetelequia jurídica, llamada ESTADO, el cual era administrado por el entonces Presidente de la República,
    Dr. Alejandro Toledo Manrique, quien alevosamente, decidió ALLANARSE, sin más ni más, a través de su Ministro de Justicia, Alejandro Tudela Chopitea, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); con el único fin político y jurídico, de poder incriminar a través de este fallo condenatorio, al ex-Presidente de la República, Ing. Alberto Fujimori Fujimori, y de declararlo con todas las de ley; como violador de Derechos Humanos, y así poder lograr su extradicción, ante el Estado Chileno.
    Así que mas que ver o velar por la supuesta muerte de estos ignominiosos terrositas en el penal Castro Castro, en mayo de 1992; lo que se busca es de todas maneras sí o sí con un espíritu de venganza justiciera, encontrar un caso más de violación a los Derechos Humanos, que busquen inculpar sí o sí a Fujimori.
    Por último es falso que los terroristas, fueron ejecutados o ajusticiados extrajudicialmente, ya que ellos murieron en combate contra las fuerzas del orden, donde inclusive mataron a un efectivo policial, a quien de una manera insana y fuera de juicio, le arrancaron los ojos a este pobre policía.
    Además, dónde estan los Derechos Humanos de miles y miles de policias y militares muertos en combate???
    Es que acaso los Derechos Humanos de miles y miles de policías y militares muertos en combate por las fuerzas demenciales del terrorismo, no valen nada??
    Es que acaso estarán representadas en el famoso monumento “El OJo que llora”, los nombres de estos valerosos policias miliates, y ante todo, hermanos peruanos muertos en combate.
    Por último, los Derechos Fundamentales y los Derechos Humanos de todos los millones peruanos, no deben estar sometidos al juego político de algunos políticos, mejor dicho para este caso, politicastros, del régimen anterior, ni de cualquier otro régimen en el futuro, que pretenda manipular el tema de los Derechos Humanos, para su propio provecho y/o beneficio político.

  10. Desde el Tercer Piso » PRETENDIENDO CORTAR A LA CORTE dice:

    […] recordarán, la gritería fue enorme: Algunos hablaron de salirnos de la competencia de la Corte, otros quisieron eliminar El Ojo que […]

  11. Desde el Tercer Piso » CASTRO CASTRO: ACLARANDO LA SENTENCIA dice:

    […] principios del año pasado, se destató una fuerte polémica en torno a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Penal Castro Castro.  Para quienes no recuerdan el caso, se trata de las ejecuciones extrajudiciales ocurridas luego […]

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