Archivo de 24 Julio 2006

Desde su formación y, sobre todo, a partir de la entrega de su Informe Final, la Comisión de la Verdad y Reconciliación sufrió una serie de ataques infundados, por parte de políticos, periodistas y otros líderes de opinión. Muchos de ellos fueron realizados a partir de prejuicios y sin leer el Informe Final de la CVR.

Por ello, creo pertinente hacer, a tres años de la publicación del Informe Final, una serie de precisiones sobre su contenido, tomando en consideración los mitos y mentiras que se han dicho sobre su trabajo. Esta es la segunda entrega. Se agradecen, como siempre, los comentarios de los lectores.

2. LA CVR NO FUE UN INSTRUMENTO PARA DESTRUIR A LAS FUERZAS ARMADAS:

Otra crítica contra el Informe Final de la CVR ha sido su supuesto carácter antimilitarista, derivado, de acuerdo con este argumento, con la supuesta equiparación de responsabilidades con Sendero Luminoso y la intención deliberada de acusar a los miembros de las Fuerzas Armadas de crímenes contra la humanidad.

Al igual que la crítica anterior, sostenemos que este argumento carece de todo fundamento. Como se ha podido apreciar en el primer post de esta serie, la mayor responsabilidad en el desencadenamiento, consecuencias y costo en vidas del conflicto armado interno corresponde a Sendero Luminoso y no a las fuerzas del orden o al Estado peruano.

Asimismo, la CVR reconoce que, frente a la amenaza que suponían el accionar de Sendero Luminoso y el MRTA contra la democracia y los derechos de sus ciudadanos, el Estado tenía derecho a utilizar a sus Fuerzas Armadas y Policiales y declarar estados de emergencia, instituciones consideradas por la Constitución como garantías de protección frente a situaciones de grave riesgo. Sin embargo, la Comisión critica y deplora que los gobiernos que decidieron utilizar estos instrumentos e instituciones no tomaran las previsiones para impedir las violaciones de los derechos fundamentales de la población, los cuales se encontraban vigentes incluso en estados de emergencia.

La CVR considera que, dado el desarrollo de los hechos, marcado por la creciente violencia del PCP-SL, era inevitable que el Estado utilizara sus fuerzas armadas para hacerle frente y recurriera a declarar estados de emergencia, considerados por la Constitución vigente para afrontar situaciones de grave riesgo. La CVR deplora, sin embargo, que los gobiernos que así lo decidieron, no tomasen las previsiones para impedir los atropellos de los derechos fundamentales de la población“. (Conclusión General 69).

Por si fuera poco, la CVR señala que las Fuerzas Policiales y las Fuerzas Armadas tenían el deber de enfrentar a los grupos subversivos que desafiaban el orden constitucional y vulneraban los derechos fundamentales de los ciudadanos. Asimismo, reconoce la sacrificada labor que militares y policías tuvieron durante los años de violencia, rindiendo homenaje a los miembros de las Fuerzas Armadas y Policiales que murieron o quedaron discapacitados en cumplimiento de su deber.

La CVR señala que las fuerzas policiales tenían el deber de enfrentar a los grupos subversivos que vulneraban los derechos fundamentales de los ciudadanos y reconoce la esforzada y sacrificada labor que sus miembros realizaron durante los años de violencia. Asimismo, rinde su más sentido homenaje al más de un millar de valerosos miembros de las fuerzas del orden que perdieron la vida o quedaron discapacitados en cumplimiento de su deber“. (Conclusión General 39)

La CVR reconoce la esforzada y sacrificada labor que los miembros de las fuerzas armadas realizaron durante los años de violencia y rinde su más sentido homenaje a los más de un millar de valerosos agentes militares que perdieron la vida o quedaron discapacitados en cumplimiento de su deber“. (Conclusión General 53).

Como bien lo señala Salomón Lerner Febres, presidente de la CVR, en el Prólogo del Informe Final, era deber del Estado y sus agentes defender a la población con las armas de la ley. El orden a defender era aquel que aseguraba el derecho a la vida y la dignidad de todos, hecho que no fue entendido por todos los responsables de conducir y ejecutar las acciones de defensa del Estado. Por ello, la CVR encontró, en el transcurso de sus investigaciones y de acuerdo a las normas internacionales sobre derechos humanos que, en ciertos lugares y periodos de tiempo, las Fuerzas Armadas cometieron violaciones sistemáticas y/o generalizadas contra los derechos humanos y, además, existen fundamentos para señalar la comisión de delitos de lesa humanidad por parte de algunos miembros de las instituciones castrenses.

La CVR afirma que en ciertos lugares y momentos del conflicto la actuación de miembros de las fuerzas armadas no sólo involucró algunos excesos individuales de oficiales o personal de tropa, sino también prácticas generalizadas y/o sistemáticas de violaciones de los derechos humanos, que constituyen crímenes de lesa humanidad así como transgresiones de normas del Derecho Internacional Humanitario“. (Conclusión General 58).

Como peruanos, nos sentimos abochornados por decir esto, pero es la verdad y tenemos la obligación de hacerla conocer. Durante años, las fuerzas del orden olvidaron que ese orden tiene como fin supremo a la persona y adoptaron una estrategia de atropello masivo de los derechos de los peruanos, incluyendo el derecho a la vida. Ejecuciones extrajudiciales, desapariciones, torturas, masacres, violencia sexual contra las mujeres y otros delitos igualmente condenables conforman, por su carácter recurrente y por su amplia difusión, un patrón de violaciones de los derechos humanos que el Estado peruano y sus agentes deben reconocer para subsanar“. (IF CVR, Prefacio, Salomón Lerner Febres).

Esta dolorosa tarea no fue emprendida con el ánimo de perjudicar a las Fuerzas Armadas. Por el contrario, el espíritu de trabajo de la CVR implicó el relato y caracterización de las violaciones a los derechos humanos cometidas por las fuerzas del orden, con el fin de evitar que se comentan acciones que no contribuyan a mejorar su accionar práctico frente a cualquier forma de subversión o terrorismo y a respetar la democracia y el Estado de Derecho. Entre los hallazgos encontrados sobre dichas vulneraciones, no solo se encuentra el incumplimiento de deberes jurídicos y morales que los agentes del Estado debían tener como guía en su accionar, sino también la poca relevancia práctica que tuvieron en la derrota de las organizaciones subversivas, toda vez que se postergó la ruptura entre Sendero Luminoso y los sectores más pobres del campesinado y no evitó la expansión de las acciones armadas a otras zonas del país.

Para la CVR, aunque la intervención militar inicial golpeó duramente la organización y la capacidad operativa de PCP-SL, produjo también una secuela de violaciones masivas de los derechos humanos y convirtió al bienio 1983-1984 en el más letal del conflicto, fundamentalmente, en Ayacucho. Peor aun, la estrategia resultó contraproducente, pues la represión indiscriminada en las zonas rurales postergó la ruptura entre el PCP-SL y los sectores más pobres del campesinado y no evitó la expansión de las acciones armadas a otras zonas del país“. (Conclusión General 59).

Finalmente, la CVR considera que la denuncia de las violaciones a los derechos humanos cometidas por miembros de las Fuerzas Armadas durante el conflicto armado interno es una contribución a su recuperación ética e institucional. Como bien sabemos, durante la década de 1990, la cúpula militar unió su suerte a la del gobierno autocrático de aquellos años, lo que provocó la politización, el desprestigio y la pérdida de eficiencia de las instituciones castrenses. Dichas acciones han sido judicializadas y castigadas severamente, acción que también debe aplicarse a los casos de violaciones de los derechos de las personas, a fin que aquellos que sí combatieron respetando la Constitución y el Estado de Derecho se diferencien de quienes deshonraron el uniforme vulnerando los derechos a la vida, a la integridad física, a la libertad y a la igualdad de trato.

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